19/7/07

Lex Legis

No sé si las leyes españolas están anticuadas, tanto que decir blasfemias como el típico "Me cago en Dios"(que tanto se oye por estas calles de Madrid cuando vas en coche y a los simpáticos conciudadanos les da por saludarte) podría llevarte a la carcel entre ocho y doce meses ("Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican." Artículo 525 Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal) o es que a las leyes españolas ni Dios le hace caso, ya que se supone que deberían ser ilícitas todas las asociaciones que critican, por ejemplo, la homosexualidad y no lo son ("Son punibles las asociaciones ilícitas, teniendo tal consideración: Las que promuevan la discriminación, el odio o la violencia contra personas, grupos o asociaciones por razón de su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía, o inciten a ello." Artículo 515 Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal)

Así nos luce el pelo...

No hay comentarios: